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http://resoluciones.uce.edu.ec/handle/3000/4522
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Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.author | DRA. ARMENDÁRIZ LALAMA, PAULINA FERNANDA | - |
dc.date.accessioned | 2023-07-11T18:58:08Z | - |
dc.date.available | 2023-07-11T18:58:08Z | - |
dc.date.issued | 2021-10-11 | - |
dc.identifier.uri | http://resoluciones.uce.edu.ec/handle/3000/4522 | - |
dc.description | EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO, EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DE 11 DE OCTUBRE DE 2021, CONOCIÓ EL INFORME DE LA COMISIÓN ENCARGADA DE ANALIZAR LA INFORMACIÓN PRESENTADA POR LOS EX ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, COMO CONSECUENCIA DE LAS NOTIFICACIONES QUE SE HAN REALIZADO POR EL CASO DE LA ANULACIÓN LOS TÍTULOS CONFERIDOS POR LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS. ANTECEDENTE: EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO BASADO EN LO QUE DISPONE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR EN SU ARTÍCULO 355 SEGUNDO INCISO, ASÍ TAMBIÉN EN LOS ARTÍCULOS 17 Y 18 LETRAS B, C; Y, E DE LA LOES, RELATIVOS A LA AUTONOMÍA, EN USO DE LA ATRIBUCIONES QUE LE CONCEDE LAS NORMAS QUE RIGEN EL FUNCIONAMIENTO EN LAS UNIVERSIDADES EN EL ECUADOR Y ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, SUS REGLAMENTOS, INSTRUCTIVOS Y LAS RESOLUCIONES TOMADAS, CONFORME A LA LEY, POR LAS AUTORIDADES Y MIEMBROS DE COGOBIERNO UNIVERSITARIO; Y, DE ACUERDO AL ART. 30.2 DEL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, EN SESIÓN ORDINARIA DE -2- DE FEBRERO DE 2021, EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO HCU, RESOLVIÓ QUE SE NOTIFIQUE A LOS SEÑORES EX ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS A QUIENES SE LES HA ANULADO LOS TÍTULOS DE TERCER NIVEL POR CUANTO PRESENTABAN IRREGULARIDADES EN SU OTORGAMIENTO, LA NOTIFICACIÓN EN LO PERTINENTE DECÍA: “DISPONER QUE AL SIGUIENTE DÍA DE REALIZADA LA NOTIFICACIÓN, LOS EX ESTUDIANTES EN EL PLAZO DE QUINCE (15) DÍAS HÁBILES, IMPRORROGABLES, PUEDAN PRESENTAR LAS PRUEBAS QUE CONSIDEREN NECESARIAS. LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA POR LOS EXESTUDIANTES SERÁ ANALIZADA EN LA COMISIÓN NOMBRADA POR EL SEÑOR RECTOR PARA ESTE PROPÓSITO, LA QUE ESTARÁ CONFORMADA POR PROFESORES DE DERECHO, ACADÉMICOS Y PERSONAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR” | es_ES |
dc.description.abstract | QUE EN EL CASO DE LOS SEÑORES EX ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS CUYOS TÍTULOS FUERON ANULADOS COMO CONSECUENCIA DE LAS RESOLUCIONES DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO NÚMEROS RHCU.SE.20 NO.00215-2018 Y RHCU.SO.01 NO.0007-2019, DE FECHAS DE 12 DE JULIO DE 2018 Y -9- DE ENERO DE 2019, POR CUANTO NO CUMPLIERON CON LOS REQUISITOS ACADÉMICOS, ADMINISTRATIVOS Y LEGALES PARA SU GRADUACIÓN, SE RATIFICA LA ANULACIÓN DEL TÍTULO DE TERCER NIVEL ENTREGADO INDEBIDAMENTE, SIN EMBARGO, LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR RESUELVE QUE, COMO EFECTO DE LA NULIDAD DECLARADA, EL PROCESO SE RETROTRAIGA AL MOMENTO EN EL QUE SE DEBIERON CUMPLIR CON LOS REQUISITOS ACADÉMICOS, ADMINISTRATIVOS Y LEGALES PARA EL PROCESO DE GRADUACIÓN DE LOS EXESTUDIANTES DESCRITOS EN LAS RESOLUCIONES DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO NÚMEROS RHCU.SE.20 NO.00215-2018 Y RHCU.SO.01 NO.0007-2019, DE FECHAS DE 12 DE JULIO DE 2018 Y -9- DE ENERO DE 2019, SIN QUE ESTO SIGNIFIQUE QUE SE DEJA INSUBSISTENTE LA APLICACIÓN DEL EXAMEN COMPLEXIVO A ESA FECHA, POR LO QUE PARA CUMPLIR CON EL REQUISITO ACADÉMICO QUE FALTA Y PARA QUE PUEDAN TITULARSE EN LEGAL Y DEBIDA FORMA, PUEDEN ACOGERSE A UN MECANISMO DE TITULACIÓN ESTABLECIDO POR LA LEY A LA FECHA EN LA QUE DEBÍAN TITULARSE. ASÍ: 1.1. QUE PARA LOS CASOS EN QUE, POR LA FECHA DE CULMINACIÓN DE MALLA CURRICULAR EN CUMPLIMIENTO DE LA DISPOSICIÓN GENERAL CUARTA DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN ACADÉMICO (CODIFICACIÓN DE -4 DE MAYO DE 2016, VIGENTE PARA LOS EX ESTUDIANTES), AQUELLOS EXESTUDIANTES QUE CULMINARON LA MALLA CURRICULAR DESPUÉS DEL 21 DE NOVIEMBRE DEL 2008, Y SE ENCUENTREN ENTRE LOS AÑOS 2009, 2010 Y 2011 SE FIJA EL TIEMPO DE UN -1- AÑO CONTADO DESDE LA NOTIFICACIÓN DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN PARA QUE SE GRADÚEN MEDIANTE PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO LA REALIZACIÓN Y LA APROBACIÓN DEL CURSO DE ACTUALIZACIÓN CONOCIMIENTOS. PUNTUALIZANDO QUE LA REALIZACIÓN DEL CURSO DE ACTUALIZACIÓN DE CONOCIMIENTOS SE REALIZARÁ DE ACUERDO CON EL CRONOGRAMA QUE PARA EL EFECTO LA FACULTAD DETERMINE, PREVIO EL PAGO DE LOS ARANCELES CORRESPONDIENTES. 1.2. QUE PARA LOS CASOS EN QUE, POR LA FECHA DE CULMINACIÓN DE MALLA CURRICULAR EN CUMPLIMIENTO DE LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEXTA DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN ACADÉMICO (CODIFICACIÓN DE -4 DE MAYO DE 2016, VIGENTE PARA LOS EXESTUDIANTES), AQUELLOS ESTUDIANTES QUE CULMINARON LA MALLA CURRICULAR ANTES DEL 21 DE NOVIEMBRE DEL 2008 DEBERÁN ACOGERSE A LA HOMOLOGACIÓN A TRAVÉS DE LA VALIDACIÓN DE CONOCIMIENTOS. ESPECIFICÁNDOSE QUE LA FACULTAD ELABORARÁ EL INSTRUCTIVO Y CRONOGRAMA PARA ESTA MODALIDAD Y FIJARÁ LOS ARANCELES CORRESPONDIENTES. 1.3. QUE, PARA EL CASO DE SEÑOR TUGA GALARRAGA REINALDO, COMO LA COMISIÓN ENCONTRÓ QUE EL EXESTUDIANTE, SI HA CUMPLIDO CON LOS REQUISITOS ACADÉMICOS Y ADMINISTRATIVOS PARA LA OBTENCIÓN DE SU TÍTULO DE TERCER NIVEL, QUE EN LA DOCUMENTACIÓN APORTADA HAN ENCONTRADO QUE EL EXESTUDIANTE SEÑOR TUGA GALARRAGA REINALDO, SI HA OBTENIDO LA NOTA MÍNIMA PARA PODER ACCEDER A GRADUARSE; Y, DE NO EXISTIR OTRA PROHIBICIÓN LEGAL QUE NO HAYA SIDO NOTIFICADA A LA COMISIÓN, SE DEBERÁ PROCEDER AL TRÁMITE DE RESTITUCIÓN DE LOS DATOS EN LA PLATAFORMA DE AUTO REGISTRO DE TÍTULOS NACIONALES DE LA SNIESE 1.0, PARA REGISTRAR ESTE TÍTULO PROFESIONAL. 1.4. QUE EN EL CASO DE LOS SEÑORES AÑAZCO TINAJERO WASHINTON BOLIVAR, MARIN VILLACIS ALEX ROMEO Y PINEDA PEREZ SANDRA ANAHI, LA COMISIÓN INFORMA QUE NO RECIBIÓ DOCUMENTACIÓN DE RESPALDO DE SU CASO EN TAL RAZÓN SE SOLICITARÁ A LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, AGOTEN TODOS LOS MEDIOS PARA OBTENER LOS DOCUMENTOS DE RESPALDO QUE LES CORRESPONDA, ESTO CON EL FIN DE ENCONTRAR UNA ALTERNATIVA DE TITULACIÓN PARA LOS SOLICITANTES; ALTERNATIVA DE TITULACIÓN QUE DEBERÁ ESTAR EN CONCORDANCIA CON EL REGLAMENTO DE RÉGIMEN ACADÉMICO VIGENTE A LA FECHA. 2. QUE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DEBERÁ ANALIZAR ACCIONES PARA MEJORAR SU SISTEMA DE ARCHIVOS Y CUSTODIA DE DOCUMENTACIÓN DE LOS ESTUDIANTES Y DETERMINAR RESPONSABLES DE ESTOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. 3. QUE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DEBE REVISAR EL FLUJO DEL PROCESO DE TITULACIÓN, ASEGURANDO LA SEGREGACIÓN DE FUNCIONES PARA QUE NO VUELVAN A SURGIR ESTE TIPO DE INCONVENIENTES. 4. QUE, DE LOS ESTUDIOS REALIZADOS AL RESPECTO DE LA ANULACIÓN DE TÍTULOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, SE DEJARÁ CONSTANCIA PARA QUE LAS IRREGULARIDADES ENCONTRADAS Y QUE HAN PROVOCADO LA NULIDAD MASIVA DE LOS REFERIDOS TÍTULOS PROFESIONALES, NO SE REPITAN. 5. QUE SE DEJA CONSTANCIA DE QUE EXISTE LA NECESIDAD DE CONTINUAR CON LAS INVESTIGACIONES PARA DETERMINAR RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES, A FIN DE SALVAGUARDAR EL BUEN NOMBRE DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR. | es_ES |
dc.language.iso | es | es_ES |
dc.subject | RHCU. SE.32 No. 0286-2021 | es_ES |
dc.subject | ANULACIÓN DE TITULOS CONFERIDOS DE FORMA INDEBIDA | es_ES |
dc.subject | ANULACIÓN DE TITULOS FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS | es_ES |
dc.title | SESIÓN EXTRAORDINARIA DE 11 DE OCTUBRE DE 2021 | es_ES |
Aparece en las colecciones: | HCU: Resoluciones |
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