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http://resoluciones.uce.edu.ec/handle/3000/4900
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Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.author | DRA. ARMENDARIZ LALAMA, PAULINA FERNANDA | - |
dc.date.accessioned | 2024-03-11T16:47:26Z | - |
dc.date.available | 2024-03-11T16:47:26Z | - |
dc.date.issued | 2023-06-27 | - |
dc.identifier.uri | http://resoluciones.uce.edu.ec/handle/3000/4900 | - |
dc.description | EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO, EN LA SESIÓN ORDINARIA DE 27 DE JUNIO DE 2023, CONOCIÓ EL OFICIO NO. 080-CEAD, DE 20 DE JUNIO DE 2023, SUSCRITO POR LA SEÑORA PRESIDENTA ALTERNA DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS, EN EL QUE REMITE EL INFORME DEL SUMARIO ADMINISTRATIVO NO. 14-D-2023-ABS, SEGUIDO EN CONTRA DEL DR. DIEGO XAVIER AGUINAGA AILLÓN, DOCENTE DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR. QUE, CONOCIDOS LOS ANTECEDENTES OBJETO DEL SUMARIO ADMINISTRATIVO 14-D-2023-ABS, ASÍ COMO LAS CONSIDERACIONES JURÍDICAS Y DE HECHO OBSERVADAS POR LA COMISIÓN DE ESPECIAL DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS (CEAD) DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR; Y, TODA VEZ QUE EN EL CUERPO DEL EXPEDIENTE SUMARIAL SE SEÑALA QUE SE HA GARANTIZADO EL DERECHO A LA DEFENSA DE LAS PARTES; TOMANDO EN CUENTA LO QUE DISPONE LA LOES EN EL ART. 207 PRIMER INCISO QUE TRANSCRIBO A CONTINUACIÓN: “LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASÍ COMO TAMBIÉN LOS ORGANISMOS QUE LO RIGEN, ESTARÁN EN LA OBLIGACIÓN DE APLICAR LAS SANCIONES PARA LAS Y LOS ESTUDIANTES, PROFESORES E INVESTIGADORES, DEPENDIENDO DEL CASO (…)”; EN CONCORDANCIA CON EL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR QUE DISPONE EN SU “ARTÍCULO 122.- ÓRGANOS COMPETENTES: LOS ÓRGANOS COMPETENTES PARA CONOCER Y RESOLVER LAS FALTAS SERÁN: C. PARA FALTAS MUY GRAVES, EL ÓRGANO COMPETENTE SERÁ EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO, PREVIA SUSTANCIACIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS, GARANTIZANDO LOS DERECHOS DEL DEBIDO PROCESO Y DE DEFENSA CONSTITUCIONALMENTE CONSAGRADOS”. UNA VEZ ESTABLECIDA LA COMPETENCIA PARA RESOLVER DE ESTE H. CONSEJO UNIVERSITARIO, EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES DETERMINADAS EN LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, LOES Y EL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, EN SESIÓN ORDINARIA DE 27 DE JUNIO DE 2023, POR UNANIMIDAD, RESOLVIÓ | es_ES |
dc.description.abstract | EN SESIÓN ORDINARIA DE 27 DE JUNIO DE 2023, POR UNANIMIDAD, RESOLVIÓ: 1. ACOGER LA RECOMENDACIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS, CONSTANTE EN EL INFORME PRESENTADO POR LA MENCIONADA COMISIÓN Y QUE ESTÁ ANEXA AL OFICIO NO. 080-CEAD, DE FECHA 20 DE JUNIO DE 2023, EN EL QUE SEÑALA LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DEL SEÑOR DOCENTE DIEGO JAVIER AGUINAGA AILLÓN, PUES SE HA DESTRUIDO EL PRINCIPIO DE INOCENCIA CONSTITUCIONALMENTE RECONOCIDO, PROBÁNDOSE LA MATERIALIDAD DE LA INFRACCIÓN, SU PARTICIPACIÓN Y POR TANTO LA ADECUACIÓN DE SU CONDUCTA A LA FALTA DISCIPLINARIA ESTABLECIDA EN EL LITERAL B), ART. 111.- “CAUSAS DE DESTITUCIÓN DEL PERSONAL ACADÉMICO” DEL “REGLAMENTO DE CARRERA Y ESCALAFÓN DEL PERSONAL ACADÉMICO DEL SISTEMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR”, QUE SEÑALA: “ABANDONAR INJUSTIFICADAMENTE EL TRABAJO POR TRES O MÁS DÍAS LABORABLES CONSECUTIVOS” “ABANDONAR INJUSTIFICADAMENTE EL TRABAJO POR TRES O MÁS DÍAS LABORALES CONSECUTIVOS”. 2. SANCIONAR AL SEÑOR DOCENTE DR. DIEGO JAVIER AGUINAGA AILLÓN, CON CÉDULA DE CIUDADANÍA NO. 1707837389, DOCENTE DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, POR HABERSE DESTRUIDO SU PRINCIPIO DE INOCENCIA, Y HABERSE PROBADO LA MATERIALIDAD DE LA INFRACCIÓN, SU PARTICIPACIÓN Y POR TANTO SU RESPONSABILIDAD EN EL COMETIMIENTO DE LA FALTA DISCIPLINARIA INVESTIGADA QUE EN EL PRESENTE CASO ES: “ABANDONAR INJUSTIFICADAMENTE EL TRABAJO POR TRES O MÁS DÍAS LABORALES CONSECUTIVOS”, INCUMPLIENDO LAS DISPOSICIONES DE LA AUTORIDAD COMPETENTE EMANADAS DEL MÁXIMO ÓRGANO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL, DE LA FACULTAD A LA QUE PERTENECE, Y DEL SEÑOR RECTOR QUIEN LE DISPUSO, INCLUSO REINTEGRARSE A CLASES PRESENCIALES COMO ULTIMÁTUM EL 10 DE MARZO DE 2023 HECHO QUE NO HA SUCEDIDO EN ESTA CAUSA. 3. IMPONER COMO SANCIÓN A ESTA FALTA LA SEPARACIÓN DEFINITIVA, ESTO ES CON SUJECIÓN AL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD, ANALIZANDO EL CONTEXTO DE LA FALTA COMETIDA, EL ACERVO DOCUMENTAL Y LA PRODUCCIÓN DE LA PRUEBA EN LA AUDIENCIA. 4. ORDENAR QUE EN APLICACIÓN DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 55 DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LAS AUTORIDADES, DOCENTES, INVESTIGADORES, PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO (TÉCNICOS DOCENTES, DE INVESTIGACIÓN, DE LABORATORIO) Y ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO ESTABLEZCA COMO MEDIDA DE REPARACIÓN, A FAVOR DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, LA CONTEMPLADA EN EL LITERAL A) SATISFACCIÓN: PARA ELLO PUBLICARÁ LA RESOLUCIÓN QUE SE EMITA PARA CONOCIMIENTO DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA; Y, D) RESTITUCIÓN: PARA EL EFECTO SE SOLICITE TANTO A LA DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO, LA LIQUIDACIÓN DE VALORES CANCELADOS AL DOCENTE SIN LA CONTRAPRESTACIÓN DE SU PARTE PARA SU RESTITUCIÓN; Y, LA AUTORIDAD DE CONTROL ARBITRARÁ LAS MEDIDAS Y ACCIONES ADMINISTRATIVAS, CIVILES Y PENALES QUE CORRESPONDAN, A FIN DE RESARCIR EL DERECHO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL POR LOS VALORES ENTREGADOS AL SERVIDOR SIN HABER EXISTIDO DE SU PARTE CONTRAPRESTACIÓN ALGUNA. 5. DISPONER A LA DIRECCIÓN FINANCIERA Y A LA DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO, ESTABLEZCAN LOS COBROS QUE EL DOCENTE DR. DIEGO JAVIER AGUINAGA AILLÓN, HA RECIBIDO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, PARA QUE A TRAVÉS DE LA PROCURADURÍA Y DEL ABOGADO DE COACTIVAS, SE DISPONGA LA RECUPERACIÓN POR LA VÍA LEGAL Y COACTIVA. 6. EN APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 57 DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LAS AUTORIDADES, DOCENTES, INVESTIGADORES, PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO (TÉCNICOS DOCENTES, DE INVESTIGACIÓN, DE LABORATORIO) Y ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, EL COMITÉ DE ÉTICA SERÁ EL ENCARGADO DEL SEGUIMIENTO AL CUMPLIMIENTO DE ESTAS MEDIDAS. ESTA RESOLUCIÓN FUE APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN SESIÓN ORDINARIA DEL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO. - NOTÍFIQUESE. - F).- FERNANDO SEMPÉRTEGUI ONTANEDA, PHD, RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR. LO COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY. LO CERTIFICO. - | es_ES |
dc.language.iso | es | es_ES |
dc.subject | RHCU. SO.27 No. 195-2023 | es_ES |
dc.subject | RESOLUCIÓN SUMARIO 14-D-2023-ABS | es_ES |
dc.title | SESION ORDINARIA DE 27 DE JUNIO DE 2023 | es_ES |
Aparece en las colecciones: | HCU: Resoluciones |
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FE9 195 NOTIFICACIÓN SUMARIO 14-D-2023-ABS CEAD-signed.pdf | 184.68 kB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |
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