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Título: SESIÓN EXTRAORDINARIA 29 DE ABRIL DE 2021
Responsable(s): ARMENDÁRIZ LALAMA , PAULINA FERNANDA
Tema: RHCU. SE.17 No. 0123-2021
SUMARIO ADMINISTRATIVO NO. 005-E-2021-ABS
JULIO CÉSAR VALLE MEDINA
Fecha de Aprobación: 29-abr-2021
Resumen: 1. ACOGER EL INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS, ENVIADO MEDIANTE EL OFICIO NO. 041-CEAD Y FECHADO 26 DE ABRIL DE 2021; 2. IMPONER AL SEÑOR JULIO CÉSAR VALLE MEDINA, ESTUDIANTE DE LA FACULTAD DE ARTES, LA SUSPENSIÓN TEMPORAL DE CUATRO PERÍODOS ACADEMICOS, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 207, INCISO TERCERO, LITERAL C), DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, EN CONCORDANCIA CON EL ART. 118 LITERAL C) DEL ESTATUTO VIGENTE, 3. DE ACUERDO A LO QUE ESTABLECE EL ART. 55, TIPOS DE MEDIDAS DE REPARACIÓN, LITERAL A) DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LAS AUTORIDADES, DOCENTES, INVESTIGADORES, PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO (TÉCNICOS DOCENTES, DE INVESTIGACIÓN, DE LABORATORIO) Y ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, SE RECOMIENDA COMO MEDIDA DE REPARACIÓN, QUE EL ESTUDIANTE SEÑOR JULIO CÉSAR VALLE MEDINA, EN EL TÉRMINO DE OCHO (8) DÍAS PRESENTE LAS DISCULPAS PÚBLICAS POR SU PROCEDER QUE RIÑE CON LAS NORMAS ÉTICAS DE ESTA INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR. 4. CONSTITUYÉNDOSE ESTE EN UN DELITO, SE DISPONE A LA PROCURADURÍA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, PRESENTE LA DENUNCIA RESPECTIVA EN LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO; Y, 5. SOLICITAR A LAS AUTORIDADES ACADÉMICAS DE LA FACULTAD DE ARTES QUE EN CASOS DE VIOLENCIA DE LOS QUE TENGAN CONOCIMIENTO, SE APLIQUE LO ESTABLECIDO EN EL PROTOCOLO GENERAL PARA LA PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y SANCIÓN DE LOS CASOS DE VIOLENCIA SEXUAL Y DE GÉNERO.
Descripción Orden del día: CONOCIMIENTO DEL OFICIO NO. 041-CEAD, SE REMITE INFORME SUMARIO ADMINISTRATIVO NO. 005-E-2021-ABS, EN CONTRA DEL SEÑOR JULIO CÉSAR VALLE MEDINA, ESTUDIANTE DE LA FACULTAD DE ARTES. EN LA TRAMITACIÓN SE HAN OBSERVADO LAS REGLAS DEL DEBIDO PROCESO, CON ESPECIAL CUIDADO EN EL DERECHO A LA DEFENSA, Y EN CUANTO A LOS RECAUDOS PROCESALES, SE DETERMINA QUE EN EFECTO SE HA RECAIDO EN UNA FALTA MUY GRAVE RESOLVIENDO LA CULPABILIDAD DEL SUMARIADO Y A SU VEZ LA SUSPENSIÓN DEL MISMO DE LAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS, Y LA CORRESPONDIENTE DENUNCIA EN LA FISCALÍA.
URI: http://resoluciones.uce.edu.ec/handle/3000/3769
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