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Título: SESIÓN ORDINARIA DE 31 DE MAYO DE 2022
Responsable(s): DRA. ARMENDÁRIZ LALAMA, PAULINA FERNANDA
Tema: RHCU. SO.16 No. 0157-2022
RESOLUCIÓN SUMARIO NO. 05-E-2022-MEH
Fecha de Aprobación: 13-jun-2022
Resumen: 1. ACOGER EL INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS, CONSTANTE COMO ANEXO AL OFICIO NO. 040-CEAD, DE 24 DE MAYO DE 2022; 2. IMPONER AL SEÑOR NILO IVAN BARRIGA CHICAIZA, ESTUDIANTE DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGÍA, LA SUSPENSIÓN TEMPORAL DE CUATRO PERÍODOS ACADÉMICOS, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ART. 207, INCISO TERCERO, LITERAL C); EN CONCORDANCIA CON LO ESTIPULADO EN EL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, ART. 118, LITERAL C); EN EL REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LAS AUTORIDADES, DOCENTES, INVESTIGADORES, PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO (TÉCNICOS DOCENTES, DE INVESTIGACIÓN, DE LABORATORIO) Y ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR ART. 27 LITERAL C), POR HABER INCURRIDO EN LAS FALTAS DISCIPLINARIAS DETERMINADAS EN LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR ART. 207 LITERAL H) “COMETER FRAUDE O DESHONESTIDAD ACADÉMICA”, LA CUAL CONSTITUYE UNA FALTA DISCIPLINARIA MUY GRAVE, DETERMINADA EN EL ART. 116 LITERAL E) “COMETER FRAUDE ACADÉMICO CONFORME A LO SEÑALADO EN EL REGLAMENTO DE RÉGIMEN ACADÉMICO”, DEL ESTATUTO UNIVERSITARIO, EN CONCORDANCIA CON EL ART. 25, LITERAL E) “COMETER FRAUDE ACADÉMICO CONFORME A LO SEÑALADO EN EL REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO”, DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LAS AUTORIDADES, DOCENTES, INVESTIGADORES, PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO (TÉCNICOS DOCENTES, DE INVESTIGACIÓN, DE LABORATORIO) Y ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, EN RELACIÓN CON EL “ART. 48.- ÉTICA Y DESHONESTIDAD ACADÉMICA.- LA IES EXPEDIRÁN POLÍTICAS DE ÉTICA Y DE DESHONESTIDAD ACADÉMICA SIN PERJUICIO DE LAS NORMAS ESTABLECIDAS PARA EL EFECTO. SE ENTIENDE POR FRAUDE O DESHONESTIDAD ACADÉMICA TODA ACCIÓN QUE, INOBSERVANDO EL PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA ACADÉMICA, VIOLA LOS DERECHOS DE AUTOR O INCUMPLE LAS NORMAS ÉTICAS ESTABLECIDAS POR LA IES O POR EL PROFESOR, PARA LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN Y/O DE PRESENTACIÓN DE RESULTADOS DE APRENDIZAJE, INVESTIGACIÓN O SISTEMATIZACIÓN. (…)” DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL CES, Y DE LO INDICADO EN EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, EN RELACIÓN CON SUS ARTÍCULOS: “ART. 6 DE LOS VALORES LITERAL A) “HONESTIDAD ES EL CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES QUE LES SON INHERENTES A LA RECTITUD, VERDAD, JUSTICIA Y LA INTEGRIDAD MORAL”; ART. 7 COMPROMISOS GENERALES LITERAL A) “EJERCER LAS DIVERSAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS ADMINISTRATIVAS Y DE SERVICIOS CONFORME A LOS PRINCIPIOS Y VALORES QUE SE ENCUENTRAN CONSIGNADOS EN ESTE CÓDIGO”; ART. 10 DE LOS ESTUDIANTES. SON COMPROMISOS DE LOS ESTUDIANTES, LITERAL “B) CUMPLIR SUS OBLIGACIONES ACADÉMICAS CON HONESTIDAD, PUNTUALIDAD, CALIDAD Y RESPETANDO LOS DERECHOS INTELECTUALES Y ART. 13, LITERAL “S) INCURRIR EN TODA PRÁCTICA QUE SE CONTRAPONGA A LA HONESTIDAD ACADÉMICA, TALES COMO: LA APROPIACIÓN INDEBIDA DE DERECHOS DE AUTOR, COPIA, COMPRAVENTA, SUSTRACCIÓN O FILTRACIÓN DE EVALUACIONES, FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS O CALIFICACIONES, SUPLANTACIÓN DE IDENTIDAD, UTILIZACIÓN DE MATERIAL DE CONSULTA DURANTE LA EVALUACIÓN, ENTRE OTROS SIMILARES”; Y, 3. DE ACUERDO A LO QUE ESTABLECE EL ART. 55, TIPOS DE MEDIDAS DE REPARACIÓN, LITERAL A) DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LAS AUTORIDADES, DOCENTES, INVESTIGADORES, PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO (TÉCNICOS DOCENTES, DE INVESTIGACIÓN, DE LABORATORIO) Y ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, EL SUMARIADO NILO IVAN BARRIGA CHICAIZA, PRESENTE DISCULPAS PÚBLICAS A LAS DOCTORAS SANDRA MAGDALENA MACÍAS CEBALLOS, DOCENTE DE CLÍNICA DE ODONTOPEDIATRÍA Y PATRICIA DE LOURDES ÁLVAREZ VELASCO, SUBCOORDINADORA DE CLÍNICA DE ODONTOPEDIATRÍA DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR.
Descripción Orden del día: EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO, EN LA SESIÓN ORDINARIA DE 31 DE MAYO DE 2022, CONOCIÓ EL OFICIO NO. 040-CEAD, DE 24 DE MAYO DE 2022, SUSCRITO POR LA DRA. GALICIA RODRÍGUEZ LOGROÑO, PRESIDENTA ALTERNA DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS, EN EL CUAL REMITE EL INFORME DEL SUMARIO ADMINISTRATIVO NO. 05-E-2022- MEH, SEGUIDO EN CONTRA DEL SEÑOR NILO IVAN BARRIGA CHICAIZA, ESTUDIANTE DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGÍA. CONOCIDOS LOS ANTECEDENTES OBJETO DEL SUMARIO ADMINISTRATIVO 05-E-2022-MEH, ASÍ COMO LAS CONSIDERACIONES JURÍDICAS Y DE HECHO OBSERVADAS POR LA COMISIÓN DE ESPECIAL DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR; Y, TODA VEZ QUE EN EL CUERPO DEL EXPEDIENTE SUMARIAL SE SEÑALA QUE SE HA GARANTIZADO EL DERECHO A LA DEFENSA DE LAS PARTES; TOMANDO EN CUENTA LO QUE DISPONE LA LOES EN EL ART. 207 PRIMER INCISO Y COPIO: “LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASÍ COMO TAMBIÉN LOS ORGANISMOS QUE LO RIGEN, ESTARÁN EN LA OBLIGACIÓN DE APLICAR LAS SANCIONES PARA LAS Y LOS ESTUDIANTES, PROFESORES E INVESTIGADORES, DEPENDIENDO DEL CASO” (…); EN CONCORDANCIA CON EL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR QUE DISPONE EN SU “ARTÍCULO 122.- ÓRGANOS COMPETENTES: LOS ÓRGANOS COMPETENTES PARA CONOCER Y RESOLVER LAS FALTAS SERÁN: C. PARA FALTAS MUY GRAVES, EL ÓRGANO COMPETENTE SERÁ EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO, PREVIA SUSTANCIACIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS, GARANTIZANDO LOS DERECHOS DEL DEBIDO PROCESO Y DE DEFENSA CONSTITUCIONALMENTE CONSAGRADOS” ; ESTABLECIDA LA COMPETENCIA DE ESTE H. CONSEJO UNIVERSITARIO PARA RESOLVER EN USO Y EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DETERMINADAS EN LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, LOES Y EL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 31 DE MAYO DE 2022, POR UNANIMIDAD, RESOLVIÓ
URI: http://resoluciones.uce.edu.ec/handle/3000/4712
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